Si el nuevo código penal hubiese sido aprobado, el asesino de Orlando enfrentaría 45 años de prisión

En los últimos años el país ha visto con estupor la ocurrencia de varios crímenes de sangre que han quedado sin la sanción que las víctimas, sus familiares, la sociedad y el país necesita.

Todo esto es porque al mes de abril 2023, tenemos el mismo Código Penal de Napoleón Bonaparte que va a cumplir casi 140 años que entro en vigencia en la República Dominicana, momento en el cual el mundo era otro, pero en el país seguimos en el atraso en la actualización de las leyes importantes.

La pregunta obligada es ¿a quién es que no le conviene que aprueben el nuevo Código Penal? Que va a traer aumento de penas, cumulo de penas y actualización de delitos que hace 140 años no existían, por lo que es importante que el país sepa cuantos crímenes están quedando impunes por falta de voluntad.

Caso Orlando Jorge Mera

-El Código Penal de Napoleón Bonaparte de hace 140 años, en su artículo 302 establece pena máxima es de 30 años por asesinato.

-El nuevo Código Penal sin aprobar aun, lo primero que traería es sanciones diferentes por el cumulo de penas ocurridas en la ejecución de un mismo crimen o delito.

-Ósea este Código aun sin aprobar, en su artículo 99, establecería que el homicidio será sancionado con penas de treinta a cuarenta años de prisión mayor, en los casos siguientes:

Si se comete con premeditación o acechanza, en cuyo caso la infracción se denomina asesinato;

Acápite 4 inciso e), si es cometido contra cualquier otra persona que sea depositaria de la autoridad pública o encargada de una misión de servicio público y se encuentre en el ejercicio de sus funciones públicas, si la calidad de la víctima es aparente o conocida por el autor;

Lo que encaja perfectamente en lo ocurrido a Orlando Jorge Mera.

-Si en este caso se le hubiese podido acumular el delito de Porte ilegal de Armas de fuego en violación a los artículos 66 y 67 de la ley 631-16, cuya pena es de 5 años por el arma ilegal, ya serian 45 años de prisión y no 30, por un crimen que no solamente enluto su familia, sino que conmociono al país y al mundo.

Solamente conocerse la noticia de que asesinaron a un ministro en su despacho eso despertó la conciencia nacional sobre el tema de la seguridad, sumado al hecho de que en ese momento pudieron haber muerto otros.

La ley 631-16, sobre Armas prevé penas de hasta 40 años de prisión, pero solo si hubo robo con violencia o secuestro y la persona muere, utilizándose un arma de fuego ilegal, pero si no hubo robo ni secuestro, no contiene ninguna sanción que le sume nada al crimen si el asesinato es cometido con arma de fuego ilegal sea como sea y donde sea, por eso la pena que se impuso fue de solo 30 años, que es la máxima que prevé el Código Penal y nunca 40.

Por eso les dejo otra interrogante o laguna de la ley, y si el asesinato se comete con un arma de fuego con permiso legal, que pasaría frente a la ley, la respuesta es nada, solo se impondrían 30 años, porque la ley 631-16 sobre armas solo hizo énfasis en las armas ilegales.

Otros casos graves sin la sanción esperada:

– Caso Elías Piña: Alcalde Pedáneo, mata 3, hiere a varios.
– Caso Bonao: Vigilante mata 3, hiere varios.
– Caso Los Alcarrizos: Agente mata 4, hiere a varios.
– Caso Chaman Chacra: Mató 4 personas y al perro.
– Caso San Cristóbal 2015: Hombre mata 4 por venganza.
– Caso comunidad Guaraguao de SFM: Hombre mata 4 hiere varios.
– Caso En Higuey: Hombre mata 6, hiere 5 policías.
– Caso Santiago: Hombre mata 4, hiere 4.
– Caso Bani: Balacera en un Drink, deja 2 muertos y varios heridos.
– Caso Los Ríos, Barrio Azul, Santo Domingo: Balacera deja varios muertos y heridos.
– Caso San Cristóbal 2021: Enfrentamiento a tiros entre pandilleros dejó tres muertos y varios heridos.

Cuál es el común denominador de todos estos casos y varios más, que con el actual Código Penal cada uno de estos homicidas, solamente podrán ser condenados a un máximo de 30 años, no importa si mataron a 15 personas, o si hieren a 50, porque en esta ley los muertos se cuentan por uno, no hay cumulo de penas, ni de delitos, situación está que se convierte en impunidad total, que beneficia solamente a los imputados, para las víctimas nada, que sigan esperando la atención de los legisladores.

Ojalá que tantos “amigos”, que tenía Orlando Jorge Meran, contribuyan a que sea aprobado el nuevo Código Penal, en beneficio de otros casos y del país

El nuevo Código Penal, antes de ser aprobado, también debería ser discutido con abogados en ejercicio del derecho penal, con jueces y el Ministerio Publico, que son los que saben en el día a día donde están todas las debilidades de esta ley que solo benefician a los delincuentes.

Ese es un ejemplo claro del porque deben ser abogado en ejercicio que elaboren las leyes y nunca personas que no son ni bachilleres haciendo leyes, imagínense una persona sin haber estudiado medicina operando a una persona, cuál sería el resultado, que la operación, que la misma fue un éxito!!! Pero el paciente falleció, eso pasa con nuestro código!!! Contradictorio para beneficio de la delincuencia más aún si es organizada.

Por Cesar Amadeo Peralta (peraltaperaltaabogados@gmail.com)

* El autor es abogado, socio fundador de la firma de abogados Peralta & Peralta

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