La Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana, promulgada el 30 de mayo de 1988, fue concebida en un contexto histórico muy distinto al actual. En aquel momento, el país apenas comenzaba a enfrentar los primeros indicios del narcotráfico y del consumo interno de drogas ilícitas.
Hoy, más de tres décadas después, esa misma ley es vista por juristas, expertos en seguridad y organizaciones sociales como una norma ambigua, obsoleta e insuficiente frente a las nuevas estructuras criminales y las complejas dinámicas del narcotráfico moderno.
Cuando se aprobó la Ley 50-88, el objetivo era claro: prevenir, controlar y sancionar el tráfico, distribución y consumo de drogas en el país. Sin embargo, los tiempos han cambiado, y con ellos, la dimensión del problema.
En la actualidad, la República Dominicana ya no es solo una zona de tránsito de estupefacientes hacia Estados Unidos y Europa; también se ha convertido en un punto de acopio, lavado de activos y consumo interno, con redes de poder que, según especialistas, trascienden lo judicial y lo policial, y se infiltran en ámbitos políticos y económicos.
El jurista y exfiscal José Manuel Hernández Peguero, señaló en una entrevista que “la Ley 50-88, no define con precisión varios tipos penales ni diferencia de manera justa entre consumo, microtráfico y narcotráfico organizado, lo que genera una aplicación desigual y en muchos casos, injusta.”
Esta falta de claridad, conocida por muchos como la “ambigüedad de la ley”, permite interpretaciones amplias y discrecionales, donde pequeños consumidores pueden recibir condenas similares a las de grandes traficantes, mientras estructuras criminales con poder económico y político logran evadir la sanción efectiva.
El narcotráfico en la República Dominicana ha evolucionado hacia una industria criminal con estructura empresarial, acceso a tecnología, capacidad logística y vínculos internacionales. Según informes del Observatorio de Drogas del Consejo Nacional de Drogas (CND) y de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), las incautaciones de cocaína y otras sustancias en los últimos años alcanzan cifras récord, lo que evidencia el crecimiento sostenido del tráfico.
Sin embargo, los expertos advierten que la magnitud del negocio sobrepasa la capacidad legal e institucional del país. La Ley 50-88, la que fue redactada en una época en la que no existían mecanismos robustos contra el lavado de activos, ni marcos modernos de cooperación internacional o de control financiero.
El politólogo Iván Ogando Lora, expresó que “hoy las redes del narcotráfico, no solo compran voluntades; participan en la economía formal, financian campañas políticas y penetran estructuras de poder local, algo que la Ley 50-88, nunca previó ni supo abordar.”
A pesar de múltiples intentos de reforma, la Ley 50-88, sigue sin actualizarse integralmente. En 2017 y nuevamente en 2021, se presentaron ante el Congreso Nacional propuestas para modificarla, buscando introducir distinciones más claras entre posesión, consumo y tráfico, así como incorporar políticas de prevención y rehabilitación. Sin embargo, las iniciativas quedaron estancadas en las comisiones legislativas.
El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y organizaciones como Participación Ciudadana han recomendado al Estado dominicano, un enfoque integral, que combine sanciones efectivas contra las redes criminales con políticas públicas de educación, salud y reinserción social, considerando el consumo de drogas como un problema de salud más que como un delito penal.
Mientras el país siga aplicando una legislación ambigua y desfasada, la lucha contra las drogas seguirá siendo desigual, castigando al más débil y tolerando, en muchos casos, al más poderoso.
La actualización de esta norma no es solo una necesidad jurídica: es una urgencia social y moral, si la República Dominicana aspira a enfrentar con eficacia uno de los mayores desafíos de su tiempo.
Que hay que cambiar a la ley
El gran problema de la Ley 50-88 (no 50-58, que es un error común, es su desactualización frente a los estándares modernos del derecho penal, sanitario y de derechos humanos.
La ley actual no distingue con claridad entre el consumidor, el microtraficante y el gran narcotraficante. Esto provoca que un joven detenido con pequeñas cantidades para consumo personal reciba el mismo tratamiento penal que un miembro de una red internacional.
La Ley 50-88, se creó antes de las leyes modernas sobre lavado de activos (155-17).
Por eso, muchas operaciones de narcotráfico quedan fuera del alcance de la legislación antidrogas.
En este sentido, se debe Integrar un régimen de control financiero y decomiso de bienes más fuerte, ampliando la coordinación con la Unidad de Análisis Financiero (UAF) y la DGII, y que endurezcan las sanciones a los cómplices financieros o testaferros.
El narcotráfico de hoy usa criptomonedas, drones, redes digitales y rutas marítimas sofisticadas. La Ley 50-88 no contempla estos medios como tipificar el uso de medios digitales o tecnológicos en el tráfico de drogas, fortalecer la cooperación con INTERPOL, DEA y Europol, mediante cláusulas legales específicas y establecer tribunales especializados en crimen organizado y narcotráfico.
La aplicación de la ley está casi monopolizada por la DNCD y el Ministerio Público, lo que genera críticas por abuso, corrupción y discrecionalidad. Debe cambiar creando un órgano civil de supervisión y control de las políticas antidrogas, exigir rendición de cuentas periódica sobre decomisos, detenciones y uso de recursos y garantizar la independencia de los peritos y laboratorios en los procesos judiciales.
Por Luis Ramón López