Tribunal otorga libertad condicional a la pastora Rossy Guzmán

El Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional modificó la medida de coerción impuesta a la pastora Rossy Guzmán Sánchez, de arresto domiciliario por libertad condicional y le retiro el uso de grillete electrónico.

La presidenta del tribunal, Esmirna Gisselle Méndez, dispuso contra la imputada en el caso de corrupción denominado Operación Coral, impedimento de salida del país y mantuvo la garantía económica de 50 millones de pesos y la presentación periódica.

La pastora Rossy Guzmán figura junto a su hijo Tanner Flete Guzmán, entre los principales imputados en la Operación Coral, que encabeza el mayor general Adan Cáceres Silvestre, exjefe del Cuerpo de Ayudantes Militares de la Presidencia (Cusep), y del que también son parte el coronel Rafael Núñez de Aza, el teniente coronel Raúl Alejandro Girón y el mayor de la Armada Alejandro José Montero Cruz.

De acuerdo al Ministerio Publico, tanto Guzmán Sánchez como su hijo, prestaron sus nombres para la constitución de la empresa Único Real State e Inversiones SRL, de la cual Flete Guzmán era copropietario con el 40% de las acciones.

Afirma que dentro de la entidad Único Real State e Inversiones SRL, Flete Guzmán, mantenía una participación activa, ya que, mediante las distintas actas de asambleas, conjuntamente con su madre, autorizó la compra y venta de distintos inmuebles propiedad de la empresa, que luego serían traspasados a Cáceres Silvestre.

Agrega que desde el año 2018 al 2019, mediante la cuenta de ahorros número 5800638948, el cabo Flete Guzmá registró a su favor distintas transferencias bancarias ordenadas por Rafael Núñez de Aza, por un total de 456,610 pesos dominicanos, “lo cual refleja su vinculación con las operaciones sospechosas y las transacciones económicas realizadas por el grupo criminal”.

El documento enfatiza que la empresa Único Real State e Inversiones SRL, fue creada en el año 2015 y hasta la fecha, ha adquirido y construido inmuebles con valores que sobrepasan los trescientos millones de pesos, “no pudiendo los coimputados Guzmán Sánchez y Flete Guzmán justificar el surgimiento del capital utilizado para dichas compras, además de mantener los inmuebles bajo su propiedad, contrario a la actividad común de una empresa inmobiliaria y de inversiones”.

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