JCE declara al PRM y PLD como partidos mayoritarios; a la Fuerza del Pueblo como minoritario

Santo Domingo.-  El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) aprobó este miércoles la Resolución 01-2021 sobre los criterios que serán tomados en cuenta para establecer el orden numérico en que deberán figurar en los documentos oficiales electorales y en los recuadros de las boletas electorales los partidos o agrupaciones políticas con derecho a participar en las elecciones municipales del 18 de febrero del 2024 y de los niveles presidencial, senatorial y congresual, a celebrarse el 19 de mayo del mismo año.

Según la Resolución 01-2021, los partidos Revolucionario Moderno (PRM) y de la Liberación Dominicana (PLD), son los únicos designados como mayoritarios al obtener un porcentaje superior al 5% en la sumatoria de los votos.

Con dicha resolución, los partidos Fuerza del Pueblo (FP), Reformista Social Cristiano (PRSC) y el Revolucionario Dominicano (PRD), quedan oficialmente como partidos minoritarios al no alcanzar el porcentaje requerido.

Esto significa que el 80% de los recursos que el Estado otorga a los partidos políticos será distribuido entre PRM y el PLD que obtuvieron más del 5% en la sumatoria de los votos, el 12% entre la FP, PRSC, PRD y Alianza País que obtuvieron más del 1%. Mientras que el 8% restante entre los partidos que lograron menos del 1%.

La JCE a través de una nota de prensa, destaca que los criterios adoptados fueron en base a los votos válidos obtenidos de manera individual por cada partido político en los niveles presidencial, senatorial y de diputaciones. “Este último compuesto por las diputaciones territoriales y de ultramar, en las pasadas elecciones ordinarias generales que fueron celebradas el 05 de julio de 2020”.

Otro criterio son los partidos políticos que participaron con recuadro único en las referidas elecciones o que no concurrieron a las mismas, pero que mantienen su personería jurídica en virtud de la existencia de una representación congresual o municipal.

En el caso de las agrupaciones y movimientos políticos que participaron con recuadro único en las referidas elecciones o que no concurrieron a las mismas, el orden se asigna según la fecha de su reconocimiento, en la demarcación correspondiente a su ámbito de competencia, siempre que no exista un partido de alcance nacional que haya obtenido su reconocimiento aun pasadas las elecciones del 05 de julio 2020.

En el caso anterior el partido continuará la secuencia numérica del nivel nacional y a seguidas las agrupaciones o movimientos enmarcados dentro de este numeral.

Finalmente, el criterio número cuatro establece a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos que obtuvieron su reconocimiento después de transcurridas las últimas elecciones del 05 de julio del año 2020, tomando como base la categoría de la organización o la fecha de la resolución adoptada por la JCE mediante la cual se le otorga el reconocimiento y el orden que ocuparen en la misma, en la respectiva demarcación territorial.

La presente resolución fue aprobada con el voto disidente de la magistrada Dolores Altagracia Fernández Sánchez, miembro titular.

El Pleno estuvo encabezado por su presidente, Román Jáquez Liranzo, y los titulares Rafael Armando Vallejo Santelises, Dolores Fernández Sánchez, Patricia Lorenzo Paniagua y Samir Chami Isa, asistidos por Sonne Beltré Ramírez, secretario general.

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