Santo Domingo.- El Ministerio Público desplegó un equipo de fiscales que practican allanamientos como parte de las líneas de investigación abiertas en torno a la Operación Camaleón con la que desmanteló una red de corrupción que defraudó al Estado mediante el contrato de modernización del sistema de semáforos del Gran Santo Domingo.
Los allanamientos, coordinados por la Dirección General de Persecución y la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), son ejecutados por 15 fiscales y se han desarrollado en el Distrito Nacional y Punta Cana. Entre los allanados figura Aquiles Jiménez, adelantó el Ministerio Público.
En el caso que sigue la Pepca contra los involucrados en la red desmantelada por la Operación Camaleón son procesados Hugo Beras, exdirector del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), y José Ángel Gómez Canaán (Jochi), propietario de la empresa Aurix S.A.S.
También, Frank Díaz Warden, ex coordinador de despacho del Intrant; Samuel Gregorio Baquero Sepúlveda, exdirector de Tecnología; Pedro Vinicio Padovani Báez, exencargado del Centro de Control de Tráfico; Juan Francisco Álvarez Carbuccia, director Administrativo y Financiero, y Carlos José Peguero Vargas.
Los imputados en Operación Camaleón son investigados por conductas típicas a lo establecido en los artículos 146, numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana (proscripción de la corrupción); artículos 123, 124 (coalición de funcionarios), 147, 150 y 151 del Código Penal dominicano (uso de documento privado); 171 y 172 (desfalco), artículos 265 y 266 (asociación de malhechores), así como el artículo 405 (estafa en perjuicio del Estado dominicano) del Código Penal dominicano; artículos 11, 17, 27, y 28 (sabotaje, robo de identidad, crímenes y delitos contra la nación, y actos de terrorismo), de la Ley núm. 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
Así como, los artículos 5, 33, 34, 35, 36, (contrabando) de la Ley núm. 17-19 sobre la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados; y los artículos 2, 3, 4, 5, 8, 9, y 10 (Lavado de Activos) de la Ley núm. 155-17 sobre Lavados de activos y financiamiento del terrorismo, artículos 5, 8 letra F y 26 de la Ley núm. 267-08 sobre Terrorismo, y crea el Comité Nacional Antiterrorista y la Dirección Nacional Antiterrorista, artículos 66, 67 y 69 de la ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, todo esto en perjuicio del Estado dominicano.