Santo Domingo.- El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país que el jueves 19 de junio de 2025, fecha en la que se celebra la festividad religiosa Corpus Christi, no se cambia.
En ese sentido, los sectores público y privado deben retornar a sus labores cotidianas el viernes 20 del mismo mes, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
La celebración de esta fecha, de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
Celebración del Corpus Christi
La celebración del Corpus Christi, que tiene lugar 60 días después del Domingo de Resurrección, es una de las festividades más significativas del calendario católico. Este evento, que honra la Eucaristía, se lleva a cabo en numerosos países alrededor del mundo, reuniendo a millones de fieles en procesiones y ceremonias solemnes.
En la República Dominicana, la Ley 139-97 establece que esta festividad no se cambia de fecha debido a su carácter religioso. Esta ley, promulgada en 1997, regula los días feriados en el país y especifica que ciertos días festivos, como el Corpus Christi, deben respetar su fecha original sin posibilidad de ser movidos.
Según la ley, los feriados que caen entre martes y viernes suelen ser trasladados al lunes más cercano para facilitar el descanso de los trabajadores y la planificación de actividades. Este es el caso de días como el Día del Trabajo, que se celebra el 1 de mayo. Sin embargo, hay excepciones importantes que deben mantener su fecha original debido a su relevancia religiosa o histórica, y el Corpus Christi es una de ellas.